APAS Córdoba en La Voz del Interior | Lunes 11 de octubre de 2021 – Ver Nota
La responsabilidad civil es la obligación de responder o de compensar a una persona que sufrió un daño, sobre sí o sobre sus bienes, producto de un hecho o comportamiento ajeno. En esta nota te contamos todos los detalles a conocer.
En términos sencillos, la responsabilidad civil es la obligación de reparar o resarcir el daño provocado, normalmente con una indemnización. Para ello, es necesario que pueda atribuírsele tal responsabilidad a alguien, ya sea porque esa persona tuvo la culpa, o porque, sin tenerla, existen otras causas legales que la obligan a hacerse cargo de las consecuencias.
Ahora bien, cuando hablamos de responsabilidad civil automotor hacemos referencia al conocido “seguro contra terceros”, encargado de brindar cobertura frente a daños físicos y materiales ocasionados a otras personas, transportadas o no, producto de un accidente de tránsito.
Este tipo de seguro se divide en dos partes: responsabilidad civil por lesiones físicas y responsabilidad civil por daño a la propiedad. Ambos componentes funcionan conjuntamente para compensar a quien se daña con un vehículo, protegiendo así los activos. Además de ello, es importante destacar que, en Argentina, el seguro automotor es exigido para circular con el rodado, según lo establece el artículo 68 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial Nº 24.449.
Continuando con lo expuesto, la póliza tiene una vigencia anual, cubre gastos sanatoriales, de sepelio y muerte. Sin embargo, los hechos anteriormente mencionados serán cubiertos, siempre y cuando el seguro en mención esté vigente y con cuotas pagas al día, de lo contrario el asegurado tendrá que responder con sus activos.
¿Los seguros de responsabilidad civil automotor cubren daños ocasionados al vehículo propio?
La respuesta es negativa, pero dentro del mercado asegurador existen las siguientes ampliaciones de cobertura que pueden ser incorporadas:
- B: Además de daños a terceros, cubre robo total, incendio total y destrucción total del vehículo por accidente.
- C: Además de daños a terceros, incluye robo total y/o parcial, incendio total y/o parcial y destrucción total del rodado por incendio o por accidente.
- D: Además de daños a terceros, cubre robo total y/o parcial, incendio total y/o parcial y destrucción total y/o parcial (según franquicia) de un vehículo por incendio o por accidente.
- $17.500.000 para automotores, vehículos remolcados, autos de alquiler sin chofer, motovehículos y bicicletas con motor, casas rodantes.
- $38.500.000 para taxis y remises, maquinarias rurales y viales, camiones y semitracciones, acoplados y semirremolques, servicios de urgencias, fuerzas de seguridad, vehículos para transporte de pasajeros de no más de ocho asientos y de un peso máximo de 3.500 kg.
- $58.000.000 para vehículos de transporte de pasajeros de más de ocho asientos y que no excedan el peso máximo de 5.000 kg, vehículos para transporte de pasajeros con más de ocho asientos y que tengan un peso mayor a 5.000 kg.
Además de ello, se establece el límite obligatorio de $38.500.000 por la cobertura de responsabilidad civil para vehículos intervinientes en un servicio convenido por intermedio de una plataforma tecnológica.